La retención en la fuente se efectúa sobre pagos originados en la relación laboral para efectos tributarios, el concepto de ingreso laboral es independiente del concepto de salarios provenientes en la relación laboral son gravables, y por tanto se encuentran sometidos a retención en la fuente, con excepción de los ingresos que tiene expresa excencion.
Para el año 2010, la base gravable es de 75%del total devengado excluyendo los aportes del trabajador para pensiones y fondos de solidaridad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario