1. Impuesto a las ganancias de personas físicas
2. Impuesto a las ganancias de sociedades
3. Impuesto a la renta mínima presunta
4. Impuesto originado en la prohibición de ajustes de
Estados Contables por efecto de inflación
5. Impuesto por ajustes en precios de transferencias
6. Derechos de exportación
7. Retenciones por exportaciones agrícolas
8. Derechos de importación
9. Tasas de aduana
10. IVA importación
11. Tasa de estadística
12. Impuesto al monotributo
13. Retenciones sobre salarios para ANSESS
14. Retenciones sobre salarios para PAMI
15. Expropiación cuota ahorro jubilatorio ex.-AFJP
16. Contribuciones patronales para ANSESS
17. Contribuciones patronales para PAMI
18. Contribuciones para asignaciones familiares
19. Cargo por previsión de despidos laborales simples
20. Cargo por previsión de doble indemnización
21. Cargo por previsión riesgo de accidentes de trabajo.
22. Aportes para Fondos de desempleo gremial.
23. Impuesto sobre fletes internacionales
24. Impuesto a la transferencia de inmuebles
25. Impuesto sobre débitos y créditos bancarios
26. IVA sobre servicios al 27 %
27. IVA sobre compras al 21 %
28. IVA sobre compras al 10,5 %
29. Impuesto sobre gas y combustibles líquidos
30. Tasa de kerosene, gas-oil y diesel-oil
31. Impuestos internos
32. Impuesto adicional de emergencia cigarrillos
33. Impuesto a compra-venta de acciones
34. Impuesto adquisición de automóviles nuevos
35. Impuesto a premios de juegos de azar
36. Impuesto del CONFER, radio y televisión
37. Impuesto ITC transferencia combustibles
38. Impuesto a los bienes personales
39. Cargo por sobre-consumo de gas y electricidad
40. Impuesto sobre peajes de autopistas
41. Impuesto sobre rentas financieras (proyectado).
42. Impuesto a la riqueza. Se aplica a los autos de más de $70.000 (11% sobre el monto total).
43. Impuesto para la Agencia de Emergencia Vial. Se creó a principios de 2008, ante la gran cantidad de accidentes en las rutas, y se financia con un 1% adicional al Impuesto Automotor.
CONTABILIDAD
miércoles, 16 de noviembre de 2011
IMPUESTOS DE TARIFA EN ECUADOR
Impuesto a la Renta
La Tarifa Corporativa del Impuesto a la Renta en el Ecuador es del 25% sobre la totalidad de los ingresos gravables. No obstante, las empresas que reinvierten sus utilidades tienen derecho a una reducción del 10% en la tarifa general, es decir que tributan sólo el 15% sobre la porción de utilidades reinvertidas. Para tal efecto deberán realizar un aumento de capital hasta el 31 de Diciembre del año siguiente a aquel en el cual se produjeron las utilidades. Ecuador, además, contempla en su legislación laboral una participación del 15% de las utilidades de la empresa, en beneficio de sus trabajadores y empleados. Este porcentaje es calculado sobre la base imponible, antes del impuesto a la renta.
Las compañías actúan como agentes de retención del impuesto a la renta en los pagos o créditos en cuenta que hacen a individuos u organizaciones que proveen bienes y/o servicios. El impuesto retenido debe ser declarado y entregado al Servicio de Rentas Internas, a través de las instituciones financieras autorizadas que actúan como agentes recaudadores (tales como la mayoría de los bancos privados nacionales) en el mes siguiente a los pagos realizados. Los impuestos retenidos por el Agente de Retención constituyen crédito tributario para la persona o contribuyente a quien se le realiza la retención, quien podrá utilizarlo en su declaración anual del impuesto a la renta.
En lo que se refiere a los pagos o créditos en cuenta realizados al exterior, la retención es del 25% sobre el monto total del pago remitido o crédito en cuenta. El reembolso de los gastos incurridos en el exterior, relacionados con la actividad desarrollada en el Ecuador, no está sujeto a impuesto o retención alguna, siempre y cuando se obtenga un certificado que certifique la veracidad de dichos gastos, el mismo que deberá ser emitido por una firma de Auditores independientes que tenga representación en el Ecuador.
El sistema de corrección monetaria dejó de tener vigencia en el Ecuador desde el año 2.000, en que el país adoptó el dólar norteamericano como su moneda oficial, teniendo en consecuencia todas las transacciones y registros contables que ser denominados en US Dólares.
Para propósitos de tributación, la ley ecuatoriana trata por igual a las sucursales de compañías extranjeras y a las compañías domésticas. Las compañías de transporte internacional de carga y de personas, tienen un tratamiento especial de tributación, pues la la base imponible es calculada sobre el 2% del total de ingresos. En el caso de compañías que proveen servicios de exploración y explotación de hidrocarburos, existe un tratamiento especial, pues la tarifa general del impuesto a la renta es del 44%. Sin embargo, las otras modalidades de contratación petrolera que no sean de servicios de exploración y explotación están sujetas a la tarifa normal del 25%. Las sucursales ecuatorianas de compañías extranjeras deben mantener su contabilidad separada de la de su Casa Matriz, ya que ante la ley ecuatoriana son consideradas entidades distintas o contribuyentes independientes, sujetos a la tributación ecuatoriana en la parte de las transacciones que se realizan en Ecuador o como parte de las operaciones del Ecuador. Estas sucursales también deben realizar retenciones en la fuente cuando efectúen pagos por conceptos que constituyen renta gravable, y tienen derecho a crédito tributario por las retenciones de impuesto que a su vez les realicen a ellas. Las Sucursales de compañías extranjeras tributan el 25% sobre sus utilidades netas, al igual que las compañías ecuatorianas, y también tienen derecho a la reducción del 10% en caso de reinversion de utilidades y asimismo están obligadas al pago del 15% de participación en utilidades para sus trabajadores y empleados.
Impuesto al Valor Agregado
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) se calcula sobre el total de los bienes transferidos, importaciones y servicios prestados y debe ser cobrado en todos los puntos de intercambio (distribución, venta al por mayor y menor). El tipo impositivo es actualmente del 12%, aunque para la importación y transacciones de algunos bienes (como productos agrícolas, alimentos de primera necesidad y medicinas) y para algunos servicios (salud, educación, transporte fluvial, terrestre y marítimo, entre otros) la tarifa es del 0%.
Están sujetas al pago del IVA todas las transacciones que involucran la transferencia del título de bienes materiales entre individuos o compañías (incluso cuando tal transferencia no incluya transacciones monetarias); las ventas de bienes materiales recibidos en consignación, bienes arrendados con opción a compra, bienes intercambiados, bienes presentados como pago en especie, préstamos o servicios, venta de mercancía comercial y arrendamientos mercantiles; así como el consumo personal de los bienes o mercancías que constituyen la fuente de ingreso usual del comerciante.
El IVA es calculado sobre el valor total de bienes transferidos o servicios prestados, incluyendo otros impuestos, cargos por servicios y otros costos que pueden legalmente ser agregados al precio base. La base imponible de bienes importados comprende el valor CIF, aranceles, impuestos de aduana y otros aumentos al precio base que estén documentados.
Impuesto a los Consumos Especiales
Este impuesto (ICE) recae en el consumo interno de tabaco rubio (75%), tabaco negro (18%), cerveza (30%), bebidas gaseosas (10%), vinos y licores (26%), vehículos de hasta 3,5 toneladas nacionales o importados (5%), aviones, avionetas, helicópteros, motos acuáticas tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo (10%).
Cualquiera de los productos anteriores está exento del ICE cuando son destinados a la exportación. Algunos alcoholes (como el destinado a la producción de medicinas), así como la materia prima utilizada para la producción de bienes gravados con el ICE también están exentos del pago de este impuesto.
Impuesto Municipal sobre Activos Totales
Los municipios ecuatorianos fijan una tarifa de: 0.15% de los activos totales de una compañía, refiriéndose a los estados financieros del año anterior, para determinar la base tributable. Las obligaciones financieras y contingentes pendientes más de un año son deducibles, para el cálculo del Impuesto a los Activos Totales.
Impuestos Prediales
La Ley de Régimen Municipal del Ecuador establece una tarifa sobre todos los edificios y propiedades localizados dentro de sus límites, sobre la base del valor comercial de la tierra determinado por cada municipio. Se otorga un descuento a los impuestos prediales pagados durante los seis primeros meses del año fiscal. Los impuestos pagados después están sujetos a multas e intereses por mora.
La Tarifa Corporativa del Impuesto a la Renta en el Ecuador es del 25% sobre la totalidad de los ingresos gravables. No obstante, las empresas que reinvierten sus utilidades tienen derecho a una reducción del 10% en la tarifa general, es decir que tributan sólo el 15% sobre la porción de utilidades reinvertidas. Para tal efecto deberán realizar un aumento de capital hasta el 31 de Diciembre del año siguiente a aquel en el cual se produjeron las utilidades. Ecuador, además, contempla en su legislación laboral una participación del 15% de las utilidades de la empresa, en beneficio de sus trabajadores y empleados. Este porcentaje es calculado sobre la base imponible, antes del impuesto a la renta.
Las compañías actúan como agentes de retención del impuesto a la renta en los pagos o créditos en cuenta que hacen a individuos u organizaciones que proveen bienes y/o servicios. El impuesto retenido debe ser declarado y entregado al Servicio de Rentas Internas, a través de las instituciones financieras autorizadas que actúan como agentes recaudadores (tales como la mayoría de los bancos privados nacionales) en el mes siguiente a los pagos realizados. Los impuestos retenidos por el Agente de Retención constituyen crédito tributario para la persona o contribuyente a quien se le realiza la retención, quien podrá utilizarlo en su declaración anual del impuesto a la renta.
En lo que se refiere a los pagos o créditos en cuenta realizados al exterior, la retención es del 25% sobre el monto total del pago remitido o crédito en cuenta. El reembolso de los gastos incurridos en el exterior, relacionados con la actividad desarrollada en el Ecuador, no está sujeto a impuesto o retención alguna, siempre y cuando se obtenga un certificado que certifique la veracidad de dichos gastos, el mismo que deberá ser emitido por una firma de Auditores independientes que tenga representación en el Ecuador.
El sistema de corrección monetaria dejó de tener vigencia en el Ecuador desde el año 2.000, en que el país adoptó el dólar norteamericano como su moneda oficial, teniendo en consecuencia todas las transacciones y registros contables que ser denominados en US Dólares.
Para propósitos de tributación, la ley ecuatoriana trata por igual a las sucursales de compañías extranjeras y a las compañías domésticas. Las compañías de transporte internacional de carga y de personas, tienen un tratamiento especial de tributación, pues la la base imponible es calculada sobre el 2% del total de ingresos. En el caso de compañías que proveen servicios de exploración y explotación de hidrocarburos, existe un tratamiento especial, pues la tarifa general del impuesto a la renta es del 44%. Sin embargo, las otras modalidades de contratación petrolera que no sean de servicios de exploración y explotación están sujetas a la tarifa normal del 25%. Las sucursales ecuatorianas de compañías extranjeras deben mantener su contabilidad separada de la de su Casa Matriz, ya que ante la ley ecuatoriana son consideradas entidades distintas o contribuyentes independientes, sujetos a la tributación ecuatoriana en la parte de las transacciones que se realizan en Ecuador o como parte de las operaciones del Ecuador. Estas sucursales también deben realizar retenciones en la fuente cuando efectúen pagos por conceptos que constituyen renta gravable, y tienen derecho a crédito tributario por las retenciones de impuesto que a su vez les realicen a ellas. Las Sucursales de compañías extranjeras tributan el 25% sobre sus utilidades netas, al igual que las compañías ecuatorianas, y también tienen derecho a la reducción del 10% en caso de reinversion de utilidades y asimismo están obligadas al pago del 15% de participación en utilidades para sus trabajadores y empleados.
Impuesto al Valor Agregado
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) se calcula sobre el total de los bienes transferidos, importaciones y servicios prestados y debe ser cobrado en todos los puntos de intercambio (distribución, venta al por mayor y menor). El tipo impositivo es actualmente del 12%, aunque para la importación y transacciones de algunos bienes (como productos agrícolas, alimentos de primera necesidad y medicinas) y para algunos servicios (salud, educación, transporte fluvial, terrestre y marítimo, entre otros) la tarifa es del 0%.
Están sujetas al pago del IVA todas las transacciones que involucran la transferencia del título de bienes materiales entre individuos o compañías (incluso cuando tal transferencia no incluya transacciones monetarias); las ventas de bienes materiales recibidos en consignación, bienes arrendados con opción a compra, bienes intercambiados, bienes presentados como pago en especie, préstamos o servicios, venta de mercancía comercial y arrendamientos mercantiles; así como el consumo personal de los bienes o mercancías que constituyen la fuente de ingreso usual del comerciante.
El IVA es calculado sobre el valor total de bienes transferidos o servicios prestados, incluyendo otros impuestos, cargos por servicios y otros costos que pueden legalmente ser agregados al precio base. La base imponible de bienes importados comprende el valor CIF, aranceles, impuestos de aduana y otros aumentos al precio base que estén documentados.
Impuesto a los Consumos Especiales
Este impuesto (ICE) recae en el consumo interno de tabaco rubio (75%), tabaco negro (18%), cerveza (30%), bebidas gaseosas (10%), vinos y licores (26%), vehículos de hasta 3,5 toneladas nacionales o importados (5%), aviones, avionetas, helicópteros, motos acuáticas tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo (10%).
Cualquiera de los productos anteriores está exento del ICE cuando son destinados a la exportación. Algunos alcoholes (como el destinado a la producción de medicinas), así como la materia prima utilizada para la producción de bienes gravados con el ICE también están exentos del pago de este impuesto.
Impuesto Municipal sobre Activos Totales
Los municipios ecuatorianos fijan una tarifa de: 0.15% de los activos totales de una compañía, refiriéndose a los estados financieros del año anterior, para determinar la base tributable. Las obligaciones financieras y contingentes pendientes más de un año son deducibles, para el cálculo del Impuesto a los Activos Totales.
Impuestos Prediales
La Ley de Régimen Municipal del Ecuador establece una tarifa sobre todos los edificios y propiedades localizados dentro de sus límites, sobre la base del valor comercial de la tierra determinado por cada municipio. Se otorga un descuento a los impuestos prediales pagados durante los seis primeros meses del año fiscal. Los impuestos pagados después están sujetos a multas e intereses por mora.
IMPUESTOS DE TARIFA EN BRAZIL
*Impuesto de importación:
En la actualidad se aplica únicamente a los productos / mercaderías que están
encuadrados dentro de la TARIFA EXTERNA COMÚN ( países que no forman
parte del Mercosur ), ya que desde el 31.12.98 concluyo el régimen de
Adecuación (productos que salvaguardados por Brasil pagaban derechos de importación aunque fueran originarios en alguno de los países socios del
Mercosur.)
*Impuesto al Productos industrializado - I.P.I. -
Incide en la circulación de los bienes en el ciclo de producción nacional, variando
su porcentaje de acuerdo a la importancia del producto para la sociedad.
Se trata de un Impuesto Federal no acumulativo, tributable en la operación de
compra de un producto industrializado.
En el caso de los establecimientos industriales o empresas asimiladas, los valores
del I.P.I., pagados por sus compras de productos tributables (industrializados),
pueden ser descontados de lo recaudado por el mismo concepto en sus ventas a
terceros.
*Impuesto a la Circulación de Mercaderías y Servicios (ICMS)
Es similar con el IVA Argentino, siendo un impuesto exigido en las varias fases de
la circulación de una mercadería, desde la producción hasta su venta al
consumidor final. Es similar al I.P.I., en lo que se refiere a ser selectivo en función
de la importancia del producto para la sociedad.
No lo es en cuanto a la normativa del impuesto.
*Impuesto de Renta Persona Jurídica (IRPJ) – informe resumido -
La legislación brasileña otorga diferencias para el pago de este impuesto, según
sea el capital y la actividad de la empresa brasileña.
*Impuestos internos I.P.I: Se calcula mediante la resta del valor total de la nota, menos la división del
valor total de la nota fiscal por 1, (el porcentaje del IPI).
I.C.M.S.: Se calcula por multiplicación directa del porcentaje del impuesto a partir
del valor total de la nota fiscal.
San Pablo 18%
Rio Grande do Sul 17%
En la actualidad se aplica únicamente a los productos / mercaderías que están
encuadrados dentro de la TARIFA EXTERNA COMÚN ( países que no forman
parte del Mercosur ), ya que desde el 31.12.98 concluyo el régimen de
Adecuación (productos que salvaguardados por Brasil pagaban derechos de importación aunque fueran originarios en alguno de los países socios del
Mercosur.)
*Impuesto al Productos industrializado - I.P.I. -
Incide en la circulación de los bienes en el ciclo de producción nacional, variando
su porcentaje de acuerdo a la importancia del producto para la sociedad.
Se trata de un Impuesto Federal no acumulativo, tributable en la operación de
compra de un producto industrializado.
En el caso de los establecimientos industriales o empresas asimiladas, los valores
del I.P.I., pagados por sus compras de productos tributables (industrializados),
pueden ser descontados de lo recaudado por el mismo concepto en sus ventas a
terceros.
*Impuesto a la Circulación de Mercaderías y Servicios (ICMS)
Es similar con el IVA Argentino, siendo un impuesto exigido en las varias fases de
la circulación de una mercadería, desde la producción hasta su venta al
consumidor final. Es similar al I.P.I., en lo que se refiere a ser selectivo en función
de la importancia del producto para la sociedad.
No lo es en cuanto a la normativa del impuesto.
*Impuesto de Renta Persona Jurídica (IRPJ) – informe resumido -
La legislación brasileña otorga diferencias para el pago de este impuesto, según
sea el capital y la actividad de la empresa brasileña.
*Impuestos internos I.P.I: Se calcula mediante la resta del valor total de la nota, menos la división del
valor total de la nota fiscal por 1, (el porcentaje del IPI).
I.C.M.S.: Se calcula por multiplicación directa del porcentaje del impuesto a partir
del valor total de la nota fiscal.
San Pablo 18%
Rio Grande do Sul 17%
IMPUESTOS DE TARIFA EN VENEZUELA
*El impuesto sobre la renta, (ISRL) sobre las sociedades y personas naturales declaraciones, ejemplos.
Impuesto sobre la renta (impuesto a las ganancias) El impuesto sobre la renta como su nombre lo indica, grava la renta, es decir la ganancia que produce una inversión o rentabilidad del capital. También puede ser el producto del trabajo bajo relación de dependencia o lo producido por el ejercicio de una profesión determinada. Este impuesto se rige por la Ley de Impuesto sobre La Renta (LISLR); publicada en la Gaceta Oficial N° 5.566 Extraordinario de fecha 28/12/2001.2.- Impuesto al valor agregado (definición, ¿por qué? y ¿cómo? se aplica, características, base imponible alícuota, exenciones)
*El impuesto al valor agregado
El impuesto al valor agregado (IVA) es un impuesto indirecto y una derivación de los impuestos a las ventas, tributos, estos, que económicamente inciden sobre los consumos. Es importante recordar que bajo la denominación genérica de impuesto al consumo se comprende aquellos que gravan en definitiva y como su nombre lo indica, al consumidor de un determinado bien.
No obstante no es consumidor, por lo general el sujeto pasivo desde el punto de vista jurídico, sino otra persona que se halla en cierta vinculación con el bien destinado al consumo antes que éste llegue a manos del consumidor (por ejemplo, el productor, el importador, el industrial o el comerciante). Lo que sucede es que estos sujetos pasivos tratarán de englobar el impuesto pagado en el precio de la mercancía, para que la carga sea soportada por el consumidor. Esta traslación, casi siempre es extraña a la regulación jurídica de tributos, aunque constituya la realidad que ha tenido en cuenta el legislador al establecer sus impuestos.
*Impuesto al débito bancario (definición, razones de su creación, características, alícuotas, exenciones)
Definición: El IDB grava los débitos o retiros efectuados en cuentas corrientes, de ahorros, depósitos en custodia, o en cualquier otra clase de depósitos a la vista, fondos de activos líquidos, fiduciarios y en otros fondos del mercado financiero o en cualquier otro instrumento financiero, abiertos o ubicados en Venezuela, realizado en los Bancos e instituciones financieras regidos por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones financieras, la Ley del Banco Central de Venezuela, la Ley del Mercado de Capitales y las demás leyes especiales que rijan a otras instituciones financieras.
En todos los casos, el IDB ha sido puesto en práctica en medio de un cuadro fiscal comprometido por la disminución de los ingresos petroleros, dificultades para reducir el gasto y considerables barreras de acceso a nuevo endeudamiento interno y externo. La implantación del impuesto, en todos los casos, ha sido temporal, como suele recomendarse cuando se utilizan impuestos potencialmente muy distorsionantes.
*Impuesto de activos empresariales, definición, razones de su creación, ¿cómo se aplica? características, alícuotas, exenciones)
Concepto y fundamento legal
Es un impuesto directo al patrimonio que pagará anualmente toda persona jurídica o natural comerciante sujeta al Impuesto sobre la Renta, sobre el valor de los activos tangibles e intangibles de su propiedad, situados o en el país o reputados como tales, que durante el ejercicio, estén incorporados a la producción de enriquecimiento proveniente de actividades comerciales, industriales o de explotación de minas e hidrocarburos y actividades conexas.
*Impuestos aduaneros (aspectos relevantes)
¿Qué es una Aduana? Es un ente público de carácter nacional prestador de servicios, y cuyas actividades de control están destinadas a lograr que el paso por el territorio nacional de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas se realice conforme a la normativa legal.
Circunscripción Aduanera: Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal, dentro de la cual éstas ejercerán la potestad aduanera. Artículo 1° del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas.
Zona Primaria: Área de la circunscripción aduanera integrada por las respectivas oficinas, patios, zonas de depósitos, almacenes, atracaderos, fondeaderos, pistas de aterrizaje, avanzadas y en general por los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas. Artículo 1° del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas.
Funciones de las Gerencias de Aduanas Principales:
De conformidad con lo establecido en el Artículo 118 de la Resolución Nº 32
del Ministerio de Hacienda, las funciones de las Gerencias de Aduanas Principales son:
1) La aplicación de las normas y disposiciones que regulan las obligaciones de la renta aduanera, los procesos de administración, recaudación, control, liquidación de los tributos aduaneros dentro de la circunscripción que le corresponda, en el ejercicio de la potestad aduanera de acuerdo con la normativa vigente;
2) El cumplimiento de las funciones administrativas, relacionadas con los asuntos del servicio regional de administración tributaria y las unidades adscritas a su región administrativa que garanticen el funcionamiento y logro de los planes, programas y demás instrucciones que establezca el SENIAT;
3) La aplicación de los sistemas administrativos y financieros, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos por el nivel central o normativo y demás disposiciones establecidas en el ordenamiento jurídico;
4) Las demás que se les atribuyan por Resolución
Impuesto sobre la renta (impuesto a las ganancias) El impuesto sobre la renta como su nombre lo indica, grava la renta, es decir la ganancia que produce una inversión o rentabilidad del capital. También puede ser el producto del trabajo bajo relación de dependencia o lo producido por el ejercicio de una profesión determinada. Este impuesto se rige por la Ley de Impuesto sobre La Renta (LISLR); publicada en la Gaceta Oficial N° 5.566 Extraordinario de fecha 28/12/2001.2.- Impuesto al valor agregado (definición, ¿por qué? y ¿cómo? se aplica, características, base imponible alícuota, exenciones)
*El impuesto al valor agregado
El impuesto al valor agregado (IVA) es un impuesto indirecto y una derivación de los impuestos a las ventas, tributos, estos, que económicamente inciden sobre los consumos. Es importante recordar que bajo la denominación genérica de impuesto al consumo se comprende aquellos que gravan en definitiva y como su nombre lo indica, al consumidor de un determinado bien.
No obstante no es consumidor, por lo general el sujeto pasivo desde el punto de vista jurídico, sino otra persona que se halla en cierta vinculación con el bien destinado al consumo antes que éste llegue a manos del consumidor (por ejemplo, el productor, el importador, el industrial o el comerciante). Lo que sucede es que estos sujetos pasivos tratarán de englobar el impuesto pagado en el precio de la mercancía, para que la carga sea soportada por el consumidor. Esta traslación, casi siempre es extraña a la regulación jurídica de tributos, aunque constituya la realidad que ha tenido en cuenta el legislador al establecer sus impuestos.
*Impuesto al débito bancario (definición, razones de su creación, características, alícuotas, exenciones)
Definición: El IDB grava los débitos o retiros efectuados en cuentas corrientes, de ahorros, depósitos en custodia, o en cualquier otra clase de depósitos a la vista, fondos de activos líquidos, fiduciarios y en otros fondos del mercado financiero o en cualquier otro instrumento financiero, abiertos o ubicados en Venezuela, realizado en los Bancos e instituciones financieras regidos por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones financieras, la Ley del Banco Central de Venezuela, la Ley del Mercado de Capitales y las demás leyes especiales que rijan a otras instituciones financieras.
En todos los casos, el IDB ha sido puesto en práctica en medio de un cuadro fiscal comprometido por la disminución de los ingresos petroleros, dificultades para reducir el gasto y considerables barreras de acceso a nuevo endeudamiento interno y externo. La implantación del impuesto, en todos los casos, ha sido temporal, como suele recomendarse cuando se utilizan impuestos potencialmente muy distorsionantes.
*Impuesto de activos empresariales, definición, razones de su creación, ¿cómo se aplica? características, alícuotas, exenciones)
Concepto y fundamento legal
Es un impuesto directo al patrimonio que pagará anualmente toda persona jurídica o natural comerciante sujeta al Impuesto sobre la Renta, sobre el valor de los activos tangibles e intangibles de su propiedad, situados o en el país o reputados como tales, que durante el ejercicio, estén incorporados a la producción de enriquecimiento proveniente de actividades comerciales, industriales o de explotación de minas e hidrocarburos y actividades conexas.
*Impuestos aduaneros (aspectos relevantes)
¿Qué es una Aduana? Es un ente público de carácter nacional prestador de servicios, y cuyas actividades de control están destinadas a lograr que el paso por el territorio nacional de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas se realice conforme a la normativa legal.
Circunscripción Aduanera: Es el territorio aduanero delimitado para cada aduana principal, dentro de la cual éstas ejercerán la potestad aduanera. Artículo 1° del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas.
Zona Primaria: Área de la circunscripción aduanera integrada por las respectivas oficinas, patios, zonas de depósitos, almacenes, atracaderos, fondeaderos, pistas de aterrizaje, avanzadas y en general por los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas. Artículo 1° del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas.
Funciones de las Gerencias de Aduanas Principales:
De conformidad con lo establecido en el Artículo 118 de la Resolución Nº 32
del Ministerio de Hacienda, las funciones de las Gerencias de Aduanas Principales son:
1) La aplicación de las normas y disposiciones que regulan las obligaciones de la renta aduanera, los procesos de administración, recaudación, control, liquidación de los tributos aduaneros dentro de la circunscripción que le corresponda, en el ejercicio de la potestad aduanera de acuerdo con la normativa vigente;
2) El cumplimiento de las funciones administrativas, relacionadas con los asuntos del servicio regional de administración tributaria y las unidades adscritas a su región administrativa que garanticen el funcionamiento y logro de los planes, programas y demás instrucciones que establezca el SENIAT;
3) La aplicación de los sistemas administrativos y financieros, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos por el nivel central o normativo y demás disposiciones establecidas en el ordenamiento jurídico;
4) Las demás que se les atribuyan por Resolución
IMPUESTOS DE COLOMBIA
1. Impuesto al valor agregado (IVA):
2. Impuesto de Renta
3. Impuesto de Timbre Nacional
4. Contribuciones Especiales
• El IVA es el impuesto que se establece sobre toda la venta de bienes y servicios del territorio Nacional. Se genera por: las ventas de mercancía que no hayan sido excluídas, Los servicios prestados en el territorio y la mercancía importada.
• El impuesto de renta: la base gravable para las personas naturales son sus ingresos ajustados por deducciones y exenciones. Las tarifas del impuesto aumentan con el ingreso del contribuyente como un mecanismo de equidad. En empresas, la tarifa tiende a ser plana, es decir, es independiente de su tamaño o rentabilidad.
• El impuesto de timbre Nacional es el impuesto generado en la protocolización de todo contrato o instrumento publico incluido los títulos valores que se otorguen o acepten en el país suscritos entre particulares con el estado o entre particulares cuyo acto sea superior a 53.000.000 pesos y liquidado a la tarifa única del 1.5%
Son contribuyentes las personas naturales o jurídicas, sus asimiladas, y las entidades públicas no exceptuadas expresamente que intervengan como otorgantes, giradores, aceptantes, emisores, o suscriptores en los documentos
• Las contribuciones especiales son los gravámenes que establece el gobierno nacional con el fin de cubrir necesidades específicas en el presupuesto de la nación.
a. Impuesto para preservar la seguridad democrática
b. Gravamen a los movimientos financieros
2. Impuesto de Renta
3. Impuesto de Timbre Nacional
4. Contribuciones Especiales
• El IVA es el impuesto que se establece sobre toda la venta de bienes y servicios del territorio Nacional. Se genera por: las ventas de mercancía que no hayan sido excluídas, Los servicios prestados en el territorio y la mercancía importada.
• El impuesto de renta: la base gravable para las personas naturales son sus ingresos ajustados por deducciones y exenciones. Las tarifas del impuesto aumentan con el ingreso del contribuyente como un mecanismo de equidad. En empresas, la tarifa tiende a ser plana, es decir, es independiente de su tamaño o rentabilidad.
• El impuesto de timbre Nacional es el impuesto generado en la protocolización de todo contrato o instrumento publico incluido los títulos valores que se otorguen o acepten en el país suscritos entre particulares con el estado o entre particulares cuyo acto sea superior a 53.000.000 pesos y liquidado a la tarifa única del 1.5%
Son contribuyentes las personas naturales o jurídicas, sus asimiladas, y las entidades públicas no exceptuadas expresamente que intervengan como otorgantes, giradores, aceptantes, emisores, o suscriptores en los documentos
• Las contribuciones especiales son los gravámenes que establece el gobierno nacional con el fin de cubrir necesidades específicas en el presupuesto de la nación.
a. Impuesto para preservar la seguridad democrática
b. Gravamen a los movimientos financieros
sábado, 12 de noviembre de 2011
Suscribirse a:
Entradas (Atom)